La Procuradora Pública Municipal, Ana María Ríos Negreiros, aún no cumple con la recomendación hecha por la Contraloría General de la República de iniciar acciones legales penales contra 8 funcionarios y servidores públicos, con evidencias de presunta irregularidad, respecto a la adquisición de canastas de víveres para apoyo al personal obrero del SEGAT, por trabajar de manera ininterrumpida durante el estado de emergencia por el COVID-19.
Los funcionarios cuestionados son son: Lisset Vigo Cotos (ex Gerente de Desarrollo e Inclusión Social), Luis Chávez Castro, Daniel Marcelo Jacinto (alcalde suspendido), Jenner Gutiérrez Aguirre, Fernando Calderón Burgos, Juan Morillas Bulnes, Ruth Castillo Esquivel y Diana Lezcano Pereda.
El caso de la ex gerente de Desarrollo e Inclusión Social, Lisset Vigo Cotos, también afronta otro proceso de la Procuraduría Pública, respecto a la ilegal adquisición de 500 canastas de víveres para los comerciantes informales de los exteriores de los mercados ubicados en el distrito de Trujillo.
En el caso de las canastas de víveres para los obreros del SEGAT, también la Contraloría recomendó a la Municipalidad Provincial de Trujillo iniciar las acciones administrativas para el deslinde de las responsabilidades que correspondan, de los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los hechos irregulares. Esta recomendación tampoco se cumple en la comuna.
Señala el Informe de Control que «Durante la emergencia sanitaria por COVID -19, la Municipalidad Provincial de Trujillo otorgó beneficios extraordinarios no permitidos a trabajadores del Servicio de Gestión Ambiental de Trujillo, contratando directamente con un proveedor impedido por el OSCE y con la esposa del representante legal de este, pese a la suspensión de efectuar convocatorias.
Señala el informe que los funcionarios involucrados dieron conformidad al requerimiento y se tramitó su pago, sin cumplirse con todos los requisitos, originando afectación al uso de los recursos públicos por s/ 154 215.00, siendo perjuicio económico por s/ 92 976.00 y perjuicio económico potencial por s/ 61 239.00».