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    Techo Propio: en marcha convocatoria para más de 23 mil bonos familiares

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    El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) lanzó una convocatoria de 23 425 Bonos Familiares Habitacionales (BFH) del programa Techo Propio para las familias que deseen construir su vivienda. Así lo estipula la Resolución Ministerial 016-2021-VIVIENDA, publicada hoy en el diario oficial El Peruano.  Se trata de la primera convocatoria de Techo Propio para el 2021.

    De los 23 425 BFH, que son de la modalidad Construcción en Sitio Propio, 14 000 están dirigidos a los grupos familiares excedentes de la segunda convocatoria del año 2020 (aprobada por Resolución Ministerial 131-2020-VIVIENDA julio del año pasado). Los otros 9 425 BFH están dirigidos a nuevas familias postulantes.

    Cabe mencionar que el monto total asignado para el otorgamiento de estos bonos es de S/ 618 420 800.

    La resolución ministerial también establece que las familias interesadas en participar en esta primera convocatoria del 2021, tienen plazo para inscribirse hasta el 31 de marzo.

    En la modalidad Construcción en Sitio Propio, el valor del BFH del programa Techo Propio es de S/ 26 400, y se trata de un subsidio que ofrece el Estado a las familias de escasos recursos que deseen construir una vivienda en un terreno propio o en aires independizados.

    Asimismo, con la finalidad de evitar gastos a las familias por la difícil situación que está atravesando el país a causa de la pandemia, se ha exceptuado hasta el 31 de diciembre de 2021 la presentación del requisito del autovalúo.

    En lugar de ello, solo deberán suscribir una declaración jurada, en la que se indicará que el valor de la vivienda no excede el valor máximo de la vivienda de interés social, es decir, no debe superar los S/ 88 000.

    Las personas interesadas en obtener este beneficio deben cumplir con los siguientes requisitos: el ingreso mensual del grupo familiar debe ser igual o menor a los S/ 2 706 mensuales, el terreno o los aires independizados en los que se construirá la casa deben estar inscritos en Registros Públicos, los beneficiarios no deben tener otro terreno o vivienda, ni tampoco deben haber recibido apoyo habitacional del Estado.

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