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    Cámaras de seguridad no están ubicadas en zonas de mayor índice delictivo y otras no graban con claridad

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    La Contraloría General de la República comunicó 43 situaciones adversas a los alcaldes de ocho municipalidades de La Libertad inspeccionadas en el marco del operativo de control preventivo Seguridad Ciudadana 2025. Las comunas están ubicadas en tres provincias de la región declaradas en estado de emergencia a través de sucesivos decretos supremos ante el aumento de la ola delictiva.

    Se trata de las municipalidades provinciales de Trujillo, Virú, Pataz y de las municipalidades distritales de Víctor Larco Herrera, El Porvenir, La Esperanza, Florencia de Mora y Huanchaco, en las cuales se identificaron situaciones adversas vinculadas a los diferentes componentes del servicio de seguridad ciudadana que prestan, tales como los sistemas de videovigilancia.

    Además, se verificó el estado de los vehículos asignados al patrullaje, la disponibilidad y condiciones de la indumentaria y del equipamiento del personal, la formulación de los planes locales de seguridad ciudadana, la implementación del patrullaje municipal, la ejecución del patrullaje integrado con la Policía Nacional del Perú y el desarrollo de programas preventivos en la materia.

    En ese sentido, se evidenció un marcado déficit de operatividad en las centrales de monitoreo y/o cámaras de vigilancia de tres gobiernos locales. Se trata de las municipalidades distritales de Huanchaco, Florencia de Mora y de la Municipalidad Provincial de Pataz, cuyos porcentajes de cámaras de vigilancia inoperativas son de 81.82% (45), 60 % (12) y 66 % (2), respectivamente.

    Asimismo, se advirtió que la Municipalidad Provincial de Virú no cuenta con central de monitoreo y/o cámaras de vigilancia y que, de los ocho gobiernos locales visitados, la Municipalidad Distrital de Víctor Larco es la que tiene el mayor número de equipos para la videovigilancia (248), con un porcentaje de operatividad de 89.52%

    También se evidenció que las cámaras de vigilancia de la Municipalidad Provincial de Trujillo y de las municipalidades distritales de La Esperanza y Florencia de Mora no se encuentran ubicadas en las zonas con mayor índice delictivo; que 47 de las 73 cámaras (64,38 %) de la Municipalidad Distrital de El Porvenir no graban con nitidez; y que, en los últimos 12 meses, las municipalidades provinciales de Trujillo y Pataz no realizaron mantenimiento correctivo y/o preventivo a dichos equipos.

    También se evidenció que ninguna de las ocho municipalidades visitadas cuenta con equipamiento completo para la protección del personal de serenazgo (chaleco antibala, casco, rodillera, codera, guantes de cuero, entre otros); y que todas estas administraciones ediles suman un total de 198 vehículos para el servicio de patrullaje municipal, de los cuales 180 están operativos y 18 inoperativos.

    De los 180 vehículos operativos 27 están sin uso y corresponden a la Municipalidad Provincial de Virú (cuatro motocicletas), a la Municipalidad Provincial de Trujillo (dos autos, cuatro camionetas y 12 motocicletas), a la Municipalidad Provincial de Pataz (dos motocicletas) y a la Municipalidad Distrital de El Porvenir (tres motocicletas). En tanto, en la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora una minivan viene siendo empleada como ambulancia.

    Sumado a ello, la Municipalidad Provincial de Trujillo y las municipalidades distritales de La Esperanza, El Porvenir y Florencia de Mora carecen del Plan Específico 2025 para el servicio de serenazgo municipal; la Municipalidad Provincial de Virú no realiza el patrullaje local integrado con la comisaría de su jurisdicción; mientras que las comunas distritales de Florencia de Mora y Huanchaco no tienen mapa del delito.

    Todas estas situaciones adversas, y otras más, están contempladas en los ocho Informes de Visita de Control N.º 004 (Virú), 005 (El Porvenir), 005 (Pataz), 014 (Huanchaco), 014 (Víctor Larco Herrera), 4273 (Trujillo), 4274 (La Esperanza) y 4290-2025 (Florencia de Mora) que recogen lo advertido entre el 8 y el 14 de mayo último, y que también fueron consolidados en un solo informe que fue remitido al presidente del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) para que efectúe las acciones correctivas que correspondan.

    DATO:
    Las funciones del presidente del CORESEC están definidas en la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (Ley N.º 27933) y su reglamento.

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