El Jurado Electoral Especial (JEE) Trujillo admitió a trámite el inicio de un proceso sancionar sobre publicidad estatal en contra del burgomaestre Mario Reyna Rodríguez, tras las instalación de carteles con la imagen del burgomaestre, una frase y sus obras en las avenidas Antenor Orrego y Jesús de Nazareth/Calle Londres en plenas Elecciones Regionales y Municipales 2026 programadas para el 4 de octubre.

Como se sabe, Mario Reyna es precandidato a la alcaldía provincial de Trujillo por Alianza Para el Progreso (APP), partido político que sufrió una dura derrota en los comicios generales del 12 de abril al no haber alcanzado la valla electoral del 5%.
Una fiscalizadora del JEE detectó publicidad estatal por parte de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT), en forma de cartel grande, donde se aprecia el siguiente contenido: “+ de 60 OBRAS VIALES”; en la parte superior derecha se aprecia el escudo y nombre de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO, en la parte central se aprecia la imagen del alcalde provincial de Trujillo, el Sr. Mario Colberth Reyna Rodríguez, junto con la frase “Trujillo AVANZA”. Por último, en la parte inferior se aprecian los nombres e imágenes de los siguientes lugares: “Espinela”, “Fernando de Montesinos”, “San Nicolás”, “Guzmán Barrón”, “Los Jardines”, “Pesqueda”.
«Tenemos que, la Fiscalizadora Provincial de Trujillo del Jurado Electoral Especial de Trujillo, advierte que los elementos descritos en el numeral 3.2 de la presente, contravienen las condiciones de difusión de publicidad estatal consignadas en el literal b. del artículo 18 del Reglamento y por tanto constituyendo infracción contenida en el literal g. del artículo 20 del mismo Reglamento, esto es “Difundir publicidad estatal que contenga el nombre, imagen, voz, cargo o cualquier otro medio que de forma indubitable identifique a algún funcionario o servidor público”, agrega el informe del ente electoral.
«Consecuentemente, los hechos son pasibles de inicio de procedimiento sancionador sobre publicidad estatal, teniéndose como presunto infractor al titular del pliego de la entidad, esto es a Mario Colberth Reyna Rodríguez, alcalde de la Municipalidad Provincial de Trujillo, quien sería el presunto responsable, a título personal y solidariamente responsable con los funcionarios públicos que corresponda, en el caso se determine la comisión de la infracción estipulada en el numeral g. del artículo 20 del Reglamento; y siendo que los hechos descritos configuran un supuesto de infracción, debe admitirse a trámite el procedimiento sancionador contra el presunto infractor, debiendo correrse traslado de los actuados para que efectúe los descargos respectivos, en el término de tres (3) días hábiles», señala el escrito del JEE.


