La Contraloría General de la República (CGR) determinó que un exfuncionario de la Municipalidad Distrital de La Esperanza ocasionó un perjuicio económico de S/ 176 000 debido a que, entre julio de 2024 y setiembre de 2025, suscribió contratos simultáneos con la Municipalidad Distrital de Paiján, la Municipalidad Provincial de Virú y la Universidad Nacional Autónoma de Chota, pese a encontrarse impedido de hacerlo por su condición de servidor público.
Según el Informe de Control Específico N.º 010-2026-2-2061-SCE, que comprendió la evaluación del periodo entre el 4 de setiembre de 2023 y el 31 de octubre de 2025, el exfuncionario mantuvo vínculo laboral con la comuna de La Esperanza, por lo que se encontraba sujeto a las restricciones establecidas para los funcionarios y servidores públicos, incurriendo en la prohibición de percibir doble ingreso del Estado al contratar como proveedor en otras tres entidades públicas.
En la Municipalidad Distrital de Paiján fue contratado para elaborar instrumentos de gestión de riesgo de desastres, por S/ 10 mil, mediante la orden de servicio n.º 423 del 19 de julio de 2024; y en la Municipalidad Provincial de Virú prestó tres servicios, entre el 12 de diciembre de 2024 y el 12 de setiembre de 2025, por el monto total de S/ 124 mil para la elaboración de dos expedientes técnicos de obra (S/ 41 mil cada uno) y un estudio de preinversión (S/ 42 mil).
Del mismo modo, ante la Universidad Nacional Autónoma de Chota presentó una declaración jurada en la que afirmó no percibir remuneración ni pensión del Estado, con el propósito de prestar el servicio de servicio de “peritaje para la determinación de fallas técnicas de partidas ejecutadas de muros de contención, y de las partidas de anclajes en muros de contención de la obra: Mejoramiento del servicio de bienestar universitario en la UNACH”, entre el 10 de abril y el 4 de julio de 2025, por el monto de S/ 42 mil.
Por lo expuesto, el informe de control fue comunicado a la Procuraduría Pública de la Contraloría General para el inicio de la acción civil y a la Municipalidad Distrital de La Esperanza para el deslinde de las responsabilidades que correspondan.


